La situación de los derechos fundamentales en América Latina

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A lo largo de la historia de América Latina, se han logrado obtener cambios en materia de derechos a una velocidad mayor que la sucedida en Europa, con el fin de adaptarse a las necesidades de la globalización. Esto ha traído grandes beneficios para los habitantes de América Latina, no obstante, es importante reconocer que aún hay mucho por hacer, pues, aunque se han reconocido los derechos fundamentales, muchos de estos son omitidos por distintas causas. Esta omisión trae consigo problemas sociales que pueden terminar con la vida democrática. A lo largo de este texto, abordaré la noción de los derechos fundamentales, sus omisiones, los riesgos de estas omisiones, y las posibles medidas que podrían ayudar a revolucionar el modo en que en materia jurídica y social se hace uso de los derechos fundamentales.

En materia de derechos fundamentales, es importante antes que nada hacer la aclaración entre lo que pueden ser los derechos humanos y los derechos fundamentales. Es importante recalcar que los derechos fundamentales son aquellos derechos humanos reconocidos por el derecho positivo, esto es, por normas jurídicas que rigen dentro de un estado o un lugar determinado (Luño, 2001). De modo que los derechos fundamentales deben estar recogidos en el ordenamiento jurídico (Miranda, 2020). Esto hace posible que existan derechos humanos, los cuales son universales, que no sean reconocidos en alguna nación dadas sus características jurídicas.

De acuerdo a Carbonell (2011), en América Latina ha habido gran evolución en los ya casi últimos cuarenta años. En el plano normativo se ha observado un procesos creciente e imparable de expansión de los derechos que las Constituciones de América Latina enuncian. No obstante, también hay claros retrocesos con repercusiones sociales peligrosas para el Estado.

En el 2006, en Atenco, Estado de México, la policía federal, estatal y municipal se enfrentó a los pobladores de esta comunidad. Como resultado de este enfrentamiento hubo dos muertos de lado de los pobladores y también de estos mismos se detuvo a 191 personas, entre las cuales posteriormente hubo 183 denuncias de abusos policiales, entre estos abusos hubo abusos sexuales hacia las mujeres y por tanto violación de derechos de género (Villalvazo, 2012). El Pleno de la Suprema Corte determinó que, en efecto, hubo violaciones a los derechos fundamentales. En primer lugar, el Derecho a la vida, pues como se mencionó antes hubo un saldo de dos muertos. En segundo lugar, el derecho a la libertad sexual, con respecto a las 31 mujeres que denunciaron ser abusadas sexualmente. Como tercer punto, hubo también violaciones al derecho de la integridad personal y al derecho a la no tortura; los detenidos y periodistas que cubrían los eventos mostraban signos de tortura y agresión. A su vez, se determinó que se violó el derecho a la libertad personal y el derecho a la inviolabilidad del domicilio, pues encontraron múltiples detenciones arbitrarias, entre estas hubo cinco extranjeros.  A estos se les suman las violaciones al derecho al debido proceso legal, al derecho a la justicia, , al derecho al trato digno de los detenidos, y al derecho a la libertad de expresión y acceso a la información.

El caso de Atenco sirve para entender si estos derechos fundamentales violados en dicho evento, fueron exclusivos o más bien son iterativos. Parece que es más bien la última la que se puede encontrar en México. Otro caso, ya no sobre un colectivo, sino a un individuo, es la violación de los derechos fundamentales en contra de Lydia Cacho, quien el 16 de diciembre del 2005 fue detenida tras la publicación de uno de sus libros, donde denunciaba una red de pederastia. Durante su arresto en Quintana Roo, y el trayecto que le supuso hacia Puebla, Lydia Cacho fue torturada por oficiales. Después de ser liberada y denuncia, la SCJN desechó el caso en 2007, lo cual aún continúa siendo juzgado como un caso de corrupción el cual ningún gobierno posterior a los hechos ocurridos ha querido afrontar.

De igual forma, se podría hablar del caso de Ayotzinapa, un poco más reciente. Donde policías municipales entregaron a un grupo de estudiantes a un cártel, posterior a la muerte de estos estudiantes, el ejercito levantó un perímetro de seguridad para que nadie entrara y saliera. Donde se violó el derecho a la vida, el derecho a la no tortura, entre otros derechos fundamentales. No obstante, lo que une, sobre todo a los últimos dos casos presentados, es la aparente intervención del gobierno. Lo cual a la larga podría traer riesgos de retroceso en materia de derechos fundamentales. En primer lugar, en el caso de Atenco y Ayotzinapa, aún hay voces en el discurso público que de algún modo justifican el accionar policiaco, pues era más importante contener un enfrentamiento. Estas voces a veces están marcadas por el miedo. De acuerdo a Bauman (Carbonell, 2011), el miedo es temible y efectivo porque puede ser difuso, disperso y poco claro.  Este miedo, cuando se habla de seguridad, llega a determinar la conducta, pues ejerce influencia sobre el uso que se le puede dar a la autonomía personal afectando así la libertad.

La violación a los derechos fundamentales trae consigo no sólo consecuencias para aquellos que son violentados, sino también para la sociedad en general y crear riesgos para la misma.  Por ejemplo, esta violación a los derechos fundamantales ha hecho que la satisfacción con el funcionamiento de la democracia tenga retrocesos. Una encuesta realizada por Latinobarómetro (ibid, 2011) mostró que en México sólo el 17% de la población tenía una adhesión ciudadana al régimen democrático. Esto a su vez, puede traer un mayor consenso con respecto a la necesidad de aplicar políticas más duras en el país.  Advierte este autor que ¨un segmento de la población podría sentirse atraída por una opción de endurecimiento del ejercicio del poder estatal, lo que podría tener consecuencias nefastas ene l desarrollo democrático de alguna nación¨. Por último, otro factor de riesgo importante es el de la precaria cultura jurídica. Se denuncia que existe una falta de observancia de las normas jurídicas en México, así como de la justificación de conductas ilegales. En el caso de la cuarentena, por ejemplo, se comenzó a discutir en el discurso público la necesidad de un toque de queda. También existe un apoyo popular a conductas que llegan a ser abiertamente delictivas, y la extensión histórica del fraude fiscal a lo largo de distintos gobiernos. Todo esto no ayuda a crear un escenario en donde se pueda exigir el cumplimiento de los derechos fundamentales (Carbonell, 2011).

En suma, es necesario que aquellos que se encuentran en la observancia del régimen jurídico comiencen a respetar los derechos fundamentales desde las esferas más altas a fin de, socialmente, mandar un mensaje a la población. Deben ser las autoridades las que deben garantizar el cumplimiento de las normas sin excepción alguna.  En este problema, el cual es nacional, es preocupante saber que dentro de las instituciones más señaladas por incumplir con derechos fundamentales están aquellas que tienen a su cargo satisfacer las necesidades esenciales, como lo son la salud, la seguridad social, la seguridad pública, la procuración de justicia, la educación y la vivienda. Existen violaciones con respecto a detenciones arbitrarias, cateos ilegales, negativa a la prestación de servicios de salud, tratos crueles y/o degradantes, discriminación por género, entre otros. Estos son datos que la CNDH (2019) muestra en su análisis de quejas y recomendaciones registradas entre 2000 y 2018. Algo interesante, además de lo mencionado, es que ligado a la ¨mano dura¨ que cierto sector de la población suele apoyar, a partir de la ¨guerra contra el narco¨ de 2007 existió un punto de inflexión en la violación de derechos fundamentales que tuvo un incremento considerable, violaciones concentradas en las instituciones que desempeñaban funciones de seguridad pública.

Para garantizar los derechos fundamentales, pues, es quizá necesario crear organismos independientes que sean capaces de llevar el cumplimiento de estas normas sin la intromisión del Ejecutivo. La CNDH sugiere que es el grado de intervención pública la que trae consigo más violaciones a los derechos fundamentales; como en la economía, mientras más Estado menor libertad económica, y mientras más Estado, menor libertad para proteger los derechos. Todas las instituciones del Estado deben trabajar en conjunto para garantizar que los derechos fundamentales sean respetados y no omitidos, dejar de concentrar el poder en un individuo, organismo, partido político, o grupo social.

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